PAGINA DE INFORMACIÓN FINANCIERA
INFORMESE ANTES DE INVERTIR
Para que en España, una sociedad o intermediario Financiero pueda ofertar y prestar servicios de inversión para el público en general, ha de estar debidamente autorizado y registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en el Banco de España (BE) o en la Dirección General de Seguros (DGS). Por lo tanto, todo inversor ha de saber que si pone sus ahorros en manos de un intermediario no autorizado, por alguna de estas entidades, no contará con ningúna protección institucional.
Aquellas sociedades e intermediarios de otros países de la Unión Europea deben de estar debidamente registrados y autorizados por los organismos equivalentes en sus respectivos países.
Sin embargo, antes de poder ofertar y prestar servicios de inversión en España, han de informar de ello a los organismos de control y supervisión españoles.
Aquellos intermediarios extranjeros de países que no formen parte de la Unión Europea, para poder prestar servicios de inversión en un Estado miembro, deberán contar con una Sucursal en cualquiera de los países de la Unión Europea, además de estar debidamente registrado y autorizado.
En cada pais el organismo supervisor correspondiente debe de estar informado sobre las actividades de la sociedad en ese pais.
TARJETAS DE CREDITOS..... ATENCIÓN
En caso de robo o pérdida, o si detecta cualquier operación extraña, comunique inmediatamente por teléfono con su banco para que proceda a anular las tarjetas. Suele haber teléfonos para estas incidencias que funcionan las 24 horas.
Debe presentar una denuncia en comisaría si se trata de robo siendo aconsejable confirmar esta comunicación por escrito, para que quede constancia, en la entidad Financiera.
Solicite la devolución de los importes defraudados que superen los 150 euros (límite de responsabilidad del usuario). Reclame además los justificantes de las operaciones realizadas, en el caso de que no estén firmados o si la firma es distinta a la suya, el banco debe devolverle las cantidades defraudadas.
Si el banco no quisiese hacerse cargo de las cantidades defraudadas, reclame primero personalmente. En el caso de que no atiendan su petición, presente una reclamación ante el servicio de atención al cliente o el defensor del cliente de la entidad.
Si transcurren dos meses sin recibir contestación o si la que recibe no la considera suficiente, puede recurrir al Servicio de reclamaciones del Banco de España C/ Alcalá, 48. 28014 Madrid. Telefono 913.386. 530.
Sin embargo, el Banco de España sólo se pronunciará sobre si la entidad objeto de reclamación ha incurrido o no en una mala práctica bancaria. No obstante sus resoluciones no son vinculantes, si la entidad no las acepta, al usuario sólo le quedara reclamar ante los tribunales de justicia.
Si tiene un seguro de hogar, mire su póliza si cubre los perjuicios ocasionados por robo o pérdida de tarjeta. Si es así, comuniquelo a su aseguradora para obtener la indemnización correspondiente.