ADAPTACIÓN LOPD - Asesores en Protección de Datos

Las infracciones están calificadas en tres niveles:

Leves, Graves y Muy Graves;


Infracciones leves:
• No solicitar la inscripción del fichero en la Agencia.
• No atender la solicitud del interesado de rectificación o cancelación de los datos.
• No proporcionar la información solicitada por la Agencia
• Proceder a la recogida de datos sin proporcionar la información necesaria al propio interesado
• Incumplir el deber de secreto.


Las infracciones leves serán sancionadas con multas de 601, € a 60.101 €.


Infracciones graves:
• Crear un fichero de titularidad pública sin la autorización pertinente.
• Crear ficheros de titularidad privada con un fin distinto al objetivo de la empresa.
• Proceder a la recogida de datos sin recabar el consentimiento de las personas afectadas.
• Impedimento u obstaculización de los derechos de acceso u oposición
• Mantener los datos inexactos
• No guardar secreto.
• Mantener los ficheros sin las debidas medidas de seguridad
• No remitir o inscribir información requerida por la Agencia.
Las infracciones graves serán sancionadas con multas de 60.101 € y 300.506 €.


Infracciones muy graves:
• La recogida de datos de forma engañosa y fraudulenta.
• La comunicación o cesión de datos, fuera de los casos permitidos.
• Recabar, tratar o no guardar secreto sobre los datos que se refieren a la salud, vida sexual, origen racial, ideología o creencias sin la autorización expresa del interesado.
• No atender las exigencias de la Agencia de Protección de Datos
• Tratar los datos de forma ilegítima o con menosprecio.
Las infracciones muy graves serán sancionadas con multas de 300.506, € a 601.012 €

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